¿Hay alguien de verdad?
¿Que sea responsable de algo?
EN LA DIPUTACIÓN DE HUELVA...
Mejor que juzguen los hechos...
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo
Solo nos queda recordar que los accidentes y daños producidos por los desplazamientos a los lugares de trabajo o de vuelta al domicilio (in itínere) resultan de plena responsabilidad de la empresa, tanto en sus derivadas laborales como civiles, e incluso penales en caso de que concurriese dolo, imprudencia o negligencia grave con resultados lesivos de relevancia penal.
Luego, habrá que dilucidar qué responsables institucionales y de áreas o servicios, con competencia directa en la materia, resultan comprometidos por los daños causados a los trabajadores. Y ello en función de las responsabilidades que les han sido encomendadas y libremente aceptadas, ya fuesen como consecuencia de un resultado electoral o de carácter funcionarial o laboral.
LO CONTRARIO DE RESPONSABILIDAD
PUEDE SER INOCENCIA...
PERO TAMBIÉN IRRESPONSABILIDAD
<< TENTAR SIEMPRE A LA SUERTE >>
Es como jugar a una ruleta rusa, basta con que una sola y única vez toque la bala...
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