PROPUESTAS DE CONCILIACIÓN 2021
HORARIO DE TRABAJO
Establecer el horario oficial habitual en 7
horas, de lunes a viernes, de 8,00 a 15,00 horas, con 15 minutos de tolerancia
horaria a la entrada y a la salida.
Horario de verano desde el 1 de junio al 30 de septiembre, con jornadas de 8,30 a 14,00 horas.
FLEXIBILIDAD HORARIA
Sistema de Flexibilidad Horaria de 7,30 a
15,30.
Y de 16,00 a 19,00 en horario de tarde.
Tramo obligatorio de 9,30 a 13,30.
Se permitirá compensar las horas hasta el segundo mes posterior.
Dos días semanales para compensación en tardes.
TELETRABAJO
Implantación de Teletrabajo, de modo que se dé cumplimiento a la reciente legislación que establece esta modalidad de desempeño.
VACACIONES
Ampliación de los días de vacaciones. Uno por cada 10 años de antigüedad reconocida a efectos de trienios.
DÍAS DE CONCILIACIÓN
Ampliación de los días de conciliación.
Cuatro por hijos menores de 6 años. Tres por hijos menores de 12
años.
Seis por discapacidad física o mental de un hijo sin límite de
edad.
Cinco por ascendientes con enfermedad grave, discapacidad o
dependencia.
Tres por otros familiares convivientes que presenten estas
limitaciones.
Tres días por enfermedad infectocontagiosa de hijo menor de 12
años.
Estas circunstancias no serán acumulables
Un día adicional para todos los trabajadores a los 15 años, a los 25 años y a los 35 años de antigüedad reconocida a efectos de trienios.
BAJAS POR MATERNIDAD Y
PATERNIDAD
Incrementar en 6 semanas la licencia por maternidad y en 4 semanas la licencia por paternidad.
ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO
Incrementar en 4 semanas la licencia por adopción, acogimiento o
guarda preadoptiva.
Si el proceso requiere visitas previas, nacionales o
internacionales, para realizar trámites o familiarizar a los futuros padres con
el menor, se concederán hasta 2 semanas en casos nacionales y hasta 4 en casos
internacionales, sin afectación de las retribuciones del empleado. Estas
licencias podrán duplicarse con limitación del salario a las retribuciones
básicas. En ambos casos podrán fraccionarse los periodos. Los desplazamientos y
visitas deberán ser debidamente acreditados.
Excedencia con reserva de hasta tres años por cada hecho causante.
REPRODUCCIÓN ASISTIDA
Tres días laborables en caso de someterse a técnicas de reproducción asistida que recomienden reposo para facilitar un resultado favorable.
INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO
Tres días laborables en IVE o pérdida espontanea del feto.
Diez días laborables si el hecho se produce a partir del sexto
mes, esto es, a partir de las 21 semanas de gestación.
Quince días si el fallecimiento se produce durante el parto o durante la hospitalización del recién nacido tras el parto.
CONSULTA MÉDICA
Cuando la consulta médica y el acompañamiento de familiares se
realice en localidades diferentes a la ubicación del centro de trabajo los
tiempos de desplazamiento y espera estimados se añadirán al establecido para la
consulta efectiva.
Ampliación del máximo de horas para acompañamiento a 35 más la estimación
de duración de los desplazamientos necesarios.
Incorporar el acompañamiento a consulta de familiares de hasta
segundo grado, y hasta tercer grado en caso de ser convivientes.
Reducción proporcional en la jornada posterior en caso de acompañamiento nocturno a urgencias de familiares con derecho a acompañamiento reconocido por convenio.
REDUCCIÓN DE JORNADA
En caso de reducción de jornada por motivos de conciliación se
complementará el salario con el 30% de la reducción efectuada.
Se concederá reducción de jornada de hasta el 50% para el
cuidado de hijos menores de 12 años. No se aplicará este límite de edad para
los hijos con enfermedades o deficiencias graves.
Este mismo criterio se aplicará en el caso de ascendientes de
mas de 80 años o con enfermedades graves, deficiencias o deterioro debidamente
acreditado mediante los informes clínicos y/o sociales correspondientes.
Reducción de jornada, sin merma salarial, de dos horas diarias a
las trabajadoras embarazadas en las ocho últimas semanas de gestación.
Reducción de una hora diaria para el padre o madre de menores de 18 meses sin reducción salarial, se aplicará también en jornadas reducidas establecidas por convenio.
LACTANCIA
Hora y media al día.
Seis semanas acumuladas al año.
VIOLENCIA DE GÉNERO Y
SITUACIONES DE ACOSO
Licencias Remuneradas basadas en el Informe y Recomendación de
Servicios Sociales o Servicios Sanitarios.
Se valorará en la Comisión de Igualdad la adaptación de horarios
más allá de los márgenes contenidos en el presente convenio.
Serán especialmente valoradas y priorizadas en los concursos de
traslado.
Excedencia Especial sin limitación temporal y plenas garantías de incorporación a su puesto una vez finalice su proceso y así se informe por los servicios sociales o sanitarios.
ENFERMEDAD GRAVE DE
CONVIVIENTES
Por enfermedad muy grave de ascendientes, descendientes y
convivientes de hasta tercer grado se podrá reducir la jornada hasta un 50%,
sin reducción de retribuciones y por plazo máximo de un mes.
Este tiempo podrá ampliarse de forma inversamente proporcional a
la reducción de jornada solicitada y concedida.
Equiparación de licencias en el caso de familiares de hasta
tercer grado convivientes (hospitalización, cirugía, etc.) con las concedidas
por familiares de segundo grado.
Excedencia con reserva de hasta tres años por cada hecho causante.
SEGUNDA ACTIVIDAD
Facilitar y regular la segunda actividad para las profesiones en
que la edad o una patología afecte significativamente capacidad física o a la
respuesta emocional del trabajador ante las funciones y tareas propias de su
puesto.
Reducción horaria de dos horas, con mantenimiento del salario, en caso de poder permanecer en el puesto con recomendación de reducir la carga de trabajo.
EXCEDENCIAS
Las excedencias por motivos de conciliación serán computables
como tiempo de trabajo efectivo a todos los efectos, y no mermarán el derecho a
la formación y la docencia de los trabajadores.
Se concederá excedencia para cuidado de hijos, adopciones, acogimiento o guarda, de hasta 3 años con reserva del puesto de trabajo.
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE IGUALDAD Y LA CONCILIACIÓN
Creación de la Comisión Permanente de Igualdad y Conciliación
(CPIC)
Encuesta de Clima Laboral, de carácter
anual, incluida en el plan de igualdad, aprobada, supervisada y analizada por
la CPIC, para la detección de necesidades y la elaboración de propuestas de
actuación.
Análisis anual de índices de absentismo y
bajas, desagregados por departamentos y servicios, como indicador
complementario a la encuesta.
Buzón de sugerencias, físico virtual,
facilitando el acceso de toda la plantilla y analizándolas en la CPIC
trimestralmente.
Regular sistemas de provisión de puestos de
trabajo: los concursos de traslados, promociones y permutas, con consideración
de la aproximación familiar como elemento a valorar.
Implantar la Carrera Profesional como
valoración específica del trabajador en el puesto y como medio de
incentivación, motivación, satisfacción y calidad en el desempeño de las
funciones y tareas asignadas al puesto.
Incrementar la aportación económica al Plan
de Formación interna, de modo que se garantice el acceso del conjunto de la
plantilla, facilitando la actualización de conocimientos y competencias a
desempeñar.
La oferta formativa deberá cubrir al menos
un 70% de la requerida para la progresión de grado en la Carrera Profesional.
Se priorizarán y potenciarán las Acciones
Formativas a desarrollar durante el horario laboral.
Se incrementarán prioritariamente las
ayudas económicas por hijos con deficiencias, graduándose según la valoración
de la deficiencia reconocida y el nivel de dependencia.
Se anexarán al Convenio Reglamento dos
documentos específicos que contendrán respectivamente el Plan de Igualdad, con
su diagnóstico, objetivos, medidas aprobadas, temporización y sistema de
evaluación; y el Acuerdo de Conciliación, con sus principios, el conjunto de
objetivos y las medidas contenidas en el Convenio y Reglamento.
PLAN GENERAL DE MEDIDAS PARA LA IGUALDAD
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA. 2007 – 2011.
EJE 3 CONCILIACIÓN
Valoración e impulso a todas
aquellas medidas que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral
de trabajadoras y trabajadores de la Diputación Provincial de Huelva
(flexibilidad horaria, teletrabajo, la creación de un dispositivo vacacional
para hijas/os, guardería o movilidad geográfica del personal con especiales
dificultades para la conciliación, entre otras.)
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