miércoles, 11 de noviembre de 2015

PROPUESTAS GENERALES

ACUERDO DE ESTABILIDAD Y PLAN DE CONSOLIDACION DE EMPLEO
Para resolver definitivamente la situación de temporalidad indefinida y prolongada de los Funcionarios Interinos por Programa, Personal Sustituto y Laborales Temporales.
RECUPERACIÓN SALARIAL QUE SE SITÚA EN TORNO AL 15%
Esta recuperación salarial, a pesar de su importancia, no resulta en un incremento real de la capacidad adquisitiva de los trabajadores, sino la devolución a los salarios de las pérdidas acumuladas a lo largo de los últimos años.
APLICACIÓN DE LA RECUPERACIÓN SALARIAL AL C. ESPECÍFICO
Por ser éste el concepto el más sólido y estable de nuestros salarios, que es además susceptible de negociación colectiva mediante la valoración de puestos (Específico por Grupo, Específico por Puntos y Penosidad-Peligrosidad).
PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN (PROMOCIÓN CRUZADA)
Funcionarización del Personal Laboral, tal como se acordó en la pasada negociación, y a pesar de lo cual no se han iniciado los primeros pasos del procedimiento.
IGUALACIÓN DE INTERINOS POR PROGRAMA Y TEMPORALES
Igualdad de Jornada, Categoría, Salario, Complementos, Derechos, Ayudas y Prestaciones con los puestos de trabajo homólogos incluidos en la RPT.
COMPLETAR Y EXTENDER LA PROMOCIÓN DE AUXILIARES
Incluyendo a todos los restantes en enero de 2016 y extendiendo la promoción a todos los puestos de trabajo que desempeñan estas funciones: funciones asignadas, temporales, interinos por programa, puestos por sustitución, etc.
COMPLETAR LA VALORACIÓN DE PENOSIDAD Y PELIGROSIDAD
Extender este complemento a todos los Puestos de Trabajo de la Diputación de Huelva, aplicando una subida lineal de carácter general de 50 euros mensuales.
Revisar al alza la valoración del complemento en los puestos y servicios que actualmente se encuentran infravalorados.
PROMOCIONES, PERMUTAS, VACANTES Y TRASLADOS
Procesos periódicos, abiertos al personal de Diputación, para favorecer el traslado, la permuta, la promoción o la cobertura de vacantes en condiciones de igualdad y respetando los principios de mérito y capacidad.
La convocatoria anual de estos concursos debe dar solución a la larga espera de muchos trabajadores que vienen solicitando su traslado y no encuentran la oportunidad de lograrlo a pesar de su derecho a acceder a los mismos.
FUNCIONES DE SUPERIOR CATEGORÍA
Reconocimiento de Funciones y Actualización Salarial por el desempeño de funciones de superior categoría a los puestos que vienen realizándolas y disponen de la experiencia o titulación necesarias.
AMPLIACIÓN DE LICENCIAS
Por enfermedad, lactancia, maternidad, fallecimientos, matrimonio, constitución de parejas de hecho, divorcio, separación, nacimiento, adopción, etc. Ya que todas han sido sustancialmente recortadas hasta el mínimo legal establecido, eliminando así los progresos que se habían producido en las anteriores negociaciones.
PLANES DE FORMACIÓN Y CARRERA PROFESIONAL
Potenciación de la Formación, unificando los planes actuales, estableciendo una estructura orgánica eficiente y ampliando los fondos propios destinados, ya que han venido reduciéndose hasta prácticamente colapsar su desarrollo.
Acuerdo para el desarrollo de la Carrera Profesional mediante Plantes de Incentivación y facilitando el acceso a la formación.
Reconociendo mediante el Complemento Específico la posesión de titulación de superior categoría relacionada con el puesto, así como de la formación que mejore el desempeño de las funciones asignadas al mismo.
HORARIO GENERAL Y JORNADA DE TRABAJO
Margen flexible de tolerancia de media hora distribuida entre la llegada y la salida.
Eliminación de los cuartos de hora adicionales a la entrada y a la salida.
HORARIO DE VERANO Y VACACIONES
Ampliación del Horario de Verano desde primeros de Junio a finales de Septiembre.
Acuerdo de Compensación de los días perdidos de vacaciones por antigüedad como días adicionales de conciliación.
CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL
Acuerdo de Conciliación mediante Bolsa de Horas a recuperar, por motivos de conciliación, como en la junta de Andalucía. Estableciendo los criterios de aplicación en los departamentos y servicios donde resulta viable la medida.
HORARIO FLEXIBLE - COMPENSACIONES HORARIAS
Permitir la acumulación flexible de las horas a compensar (según la necesidad del trabajador), tal como resultan flexibles las horas a trabajar (según la necesidad de la empresa y su prestación de servicios).
HORAS Y JORNADAS DE LIBRE DISPOSICIÓN
Calcular las horas tomadas (asuntos propios, conciliación, compensación) sobre el horario efectivo en el día de su disposición, y no sobre la jornada teórica establecida con carácter general.
HORARIOS ESPECIALES
Reconocimiento y Compensación Económica en todos los puestos de trabajo donde no se cumpla la jornada establecida con carácter general de 8 a 3h. En estos puestos se está aplicando de hecho una disponibilidad horaria, sin que esto suponga hasta el momento su reconocimiento y la compensación complementaria alguna.
TRÁMITES DE CONTROL DE PRESENCIA Y HOJAS DE AUSENCIAS
Simplificación de los trámites de control de presencia y hojas de ausencias. Mediante un Estadillo Semanal de Ausencias, extraído del reloj y firmado por el jefe de la dependencia. Envío Electrónico certificado por intranet del estadillo y de las posibles correcciones al mismo.

ESTABLECER LOS CRITERIOS PARA LA COBERTURA DE BAJAS
Determinar los criterios para la cobertura de bajas, definiendo las funciones y prestaciones de obligada cobertura, estableciendo los límites asumibles de duración, y dotando de la agilidad necesaria el procedimiento para su ocupación.
En la actualidad la situación es que, con carácter general, las bajas no se cubren; sea cual sea su duración y las funciones que quedan en descubierto.
La prestación de servicios o queda desatendida o, en el mejor de los casos, es asumida indefinidamente por los compañeros, cuando esto es posible.
ESTABLECER DE LOS MÍNIMOS DE COBERTURA DE PERSONAL
Se trata de garantizar tanto el servicio y las prestaciones como el derecho de los trabajadores a determinar el momento de sus periodos vacacionales, evitando sobredotaciones innecesarias que vengan a limitar el ejercicio de este derecho. 
La ausencia actual de criterios puede provocar situaciones injustas, ya que se cubren servicios por encima de las necesidades mínimas y básicas de prestación sin que exista un criterio homogeneo de aplicación entre los diferentes departamentos.

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