domingo, 5 de noviembre de 2017

OTRAS PREGUNTAS - OTRAS RESPUESTAS

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Tras las últimas entradas al Blog de Comisiones, nos llaman algunos trabajadores para plantear varias cuestiones…
1.  La Diputación ya hace público los salarios de sus trabajadores. Están en la página web, dentro de la pestaña de transparencia, en el apartado de Relación de Puestos de Trabajo.
2.   Los Salarios Máximos que se observan en la RPT no coinciden con los Máximos calculados por Comisiones, tal como aparecen en la tabla de la entrada al Blog del 1 de octubre.
3.  En la RPT no se aprecia Brecha de Género, ya que no hay diferencias salariales significativas entre los Servicios considerados como Masculinos y los mayoritariamente Femeninos.
Y tienen toda, toda, toda la razón...
Para ilustrarlo, os adjuntamos una tabla con los Máximos Teóricos según la RPT y los Máximos Reales calculados por Comisiones.

GRUPO
MAXIMO
RPT
MAXIMO
REAL
DIF AÑO
DIF MES





A1
45.000
65.000
20.000
1.660
A2
37.000
56.000
19.000
1.580
C1
28.000
44.000
16.000
1.330
C2
24.000
36.000
12.000
1.000
AP
23.000
35.000
12.000
1.000






Y… ¿cómo se explican estas diferencias?...

Pues mediante conceptos ajenos al Salario Teórico, que no se incluyen en la RPT y que dependen de las facultades organizativas de la Diputación...
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Pondremos una serie de ejemplos
·        Productividades.
·        Otras Productividades.
·        Productividades Especiales.
·        Módulos y Dietas.
·        Guardias de Localización.
·        Horas extraordinarias.
·        Pluses Específicos.
·        Otros Pluses.
·        Pluses Especiales.

Como bien sabéis estos complementos sólo se aplican en Servicios Mayoritariamente Masculinos. En muchos casos, en un mismo puesto de trabajo, se aplican varios de estos conceptos, lo que explica las grandes diferencias entre los Máximos de la RPT y los Máximos REALES.
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En los Servicios Femeninos, sin embargo, o no se aplica Ningún Concepto o se usan las figuras de Horario Flexible o Trabajo a Turnos.
Estos complementos, diseñados especialmente para ellas, suponen una triple discriminación y una triple brecha:.
·        Obligan a trabajar más allá de la jornada ordinaria.
·        Resultan significativamente más baratos.
·        Impiden acceder a cualquier otro complemento.
Contribuyendo así a afianzar e incrementar la Brecha de Género

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Y, en Comisiones, no creemos que se esté pagando a nadie ni un sólo euro de más...                                                
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§  No es esa la cuestión, sino muy al contrario,
§  creemos en lo que nos muestran las cifras:
o   Que en muchos puestos de trabajo de Diputación
o   Y en muchos servicios, mayoritariamente femeninos
§  No se ofrecen las mismas oportunidades
§  No se trabaja en las mismas condiciones
§  No se valora igual el trabajo
§  No se cobran los mismos salarios
§  Y siempre se aplica lo estrecho del embudo

ENLACE:
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